(CNN Español) — La inscripción del presidente de El Salvador, Nayib Bukele, como precandidato presidencial del partido Nuevas Ideas para competir en las elecciones del próximo año abre el interrogante sobre qué retos legales enfrentaría su postulación. Mientras que algunos observadores consideran que esto implicaría una inconstitucionalidad, el equipo del mandatario descarta cualquier ilegalidad con la posible candidatura.
Bukele anunció el pasado 15 de septiembre que buscaría la reelección presidencial en 2024. Y Nuevas Ideas publicó este lunes en su cuenta de Twitter la ficha de inscripción de Bukele, junto a la del vicepresidente, Félix Ulloa, como precandidato a repetir en el cargo.
Interpretaciones legales a favor y en contra
El vicepresidente Félix Ulloa dijo el pasado 2 de junio en una entrevista televisiva que no se trata de reelección, sino de un segundo mandato.
«En el segundo mandato, él (Bukele) se retira y si no gana la elección vuelve al cargo, y si gana la elección se queda esperando hasta que la persona que está en el cargo le entrega y le pone la banda (presidencial) para su segundo mandato», señaló.
El artículo 152 de la Constitución establece que no puede optar a la presidencia quien haya desempeñado el cargo por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial.
De acuerdo con la interpretación que hace el gobierno, el período inmediato anterior se refiere al mandato 2014-2019 y, por lo tanto, esto no aplicaría a Bukele.
Sin embargo, esta perspectiva la rechazan observadores como el director de la organización no gubernamental Acción Ciudadana, Eduardo Escobar, quien es abogado.
«Esa es una interpretación absurda de la Constitución, pensar que quien no se puede reelegir es el que terminó el período anterior al actual. Si ese fuera el caso, eso no sería reelección», dijo Escobar a CNN.
En relación con la segunda prohibición que plantea el artículo 152, la interpretación del gobierno reitera que Bukele la cumpliría si deja la presidencia seis meses antes del comienzo del nuevo período.
«El inicio del período electoral es el primero de junio de 2024. O sea que el primero de diciembre, él (Bukele) ya no puede ejercer la presidencia», había dicho Ulloa en la entrevista.
Escobar también disiente de esta opinión. “Esa es otra interpretación absurda. Lo que están buscando es estirar lo más que puedan esa disposición para justificar su inconstitucionalidad”, sostuvo.
Para Escobar, la decisión de Bukele busca otro período de manera consecutiva, lo cual es inconstitucional. Agregó que el artículo 154 de la Constitución de El Salvador establece que: «El período presidencial será de cinco años y comenzará y terminará el día primero de junio, sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más». El abogado dijo que ese artículo es claro al señalar que «la misma persona no puede ocupar más de cinco años la presidencia».
Escobar afirmó que el artículo 88 de la Constitución también prohíbe la continuidad de Bukele, al referir que establece que “la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es indispensable para el mantenimiento de la forma de gobierno y sistema político establecidos”.
De acuerdo con la visión del gobierno, Ulloa asumiría la presidencia una vez la deje Bukele para dedicarse al asunto electoral. El mismo Ulloa dijo en una entrevista televisiva el pasado 16 de enero que no estaba claro si él también debía dejar el cargo, al igual que Bukele.
“Como es un caso inédito, no está regulado. La Constitución regula que el que tiene que separarse del cargo es el presidente. Para el vicepresidente no le pone esa condición”, explicó Ulloa en ese momento.
El fallo de la Sala de lo Constitucional
El 3 de septiembre de 2021, los magistrados de la Sala de lo Constitucional habilitaron la reelección presidencial inmediata en El Salvador.
«Competir de nuevo por la presidencia no implica de facto que este llegue a ser electo, implica únicamente que el pueblo tendrá entre su gama de opciones a la persona que a ese momento ejerce la presidencia», se lee en la sentencia.
Los magistrados que emitieron ese fallo fueron juramentados el 1 de mayo de 2021 por la Asamblea Legislativa, controlada por Nuevas Ideas, el partido de Bukele, tras destituir a los anteriores magistrados.
El Tribunal Supremo Electoral de El Salvador (TSE) informó en un comunicado emitido un día después del fallo que acatará la resolución de la Sala de lo Constitucional, ya que estas son inapelables y de obligatorio cumplimiento.