Honduras: Cancillería Otorga Pasaportes Diplomáticos de Por Vida a Ex-Mandatarios

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La aprobación de un reglamento sobre pasaportes diplomáticos y oficiales en 2025 por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional ha abierto un debate sobre el alcance de los privilegios asociados a los cargos públicos en Honduras. La normativa estableció que expresidentes de los poderes del Estado y exautoridades de Cancillería puedan conservar pasaportes diplomáticos de manera vitalicia, beneficio que también se extiende a sus cónyuges.

La disposición quedó respaldada por el Acuerdo No. 001-SG-2025, suscrito el 6 de mayo de 2025 por el entonces canciller Eduardo Enrique Reina García y difundido después en el diario oficial La Gaceta el 14 de junio de 2025. El texto fija las normas aplicables a la expedición y utilización de pasaportes diplomáticos y oficiales, documentos concebidos para agilizar los desplazamientos internacionales de funcionarios en misiones del Estado.

El tema ha cobrado relevancia nuevamente tras un comunicado reciente de la Cancillería que solicita a exfuncionarios la devolución de estos documentos, situación que ha puesto en el centro del debate el alcance de las excepciones incluidas en la normativa.

Alcance del beneficio para exautoridades

El reglamento define el pasaporte diplomático como un documento emitido por la Cancillería para funcionarios que realizan misiones oficiales en el exterior, con el objetivo de facilitar su tránsito internacional y permitir la recepción de cortesías diplomáticas por parte de otros Estados.

Sin embargo, el Artículo 13 del reglamento incorpora una cláusula específica al señalar que:

“Los Expresidentes de los Poderes del Estado y sus cónyuges, así como los Exsecretarios y Exsubsecretarios de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional y sus cónyuges, tienen el privilegio de portar pasaporte diplomático de manera vitalicia”.

En términos administrativos, esta cláusula implica que determinados exfuncionarios pueden conservar el documento incluso después de dejar el cargo, sin que exista una obligación posterior de devolución.

Entre las figuras que eventualmente podrían acogerse a esta disposición se incluyen a la expresidenta Xiomara Castro, al ex titular del Congreso Nacional Luis Redondo y a la presidenta de la Corte Suprema de Justicia Rebeca Ráquel Obando.

El beneficio se extiende igualmente a exautoridades de la Cancillería, incluido el propio Enrique Reina, junto con los exvicecancilleres Gerardo Torres, Cindy Larissa Rodríguez y Zulmit Solemit Rivera Zúniga. De acuerdo con la normativa, este privilegio también abarca a sus cónyuges, ampliando así su cobertura más allá de quienes ejercieron de forma directa el cargo público.

La aprobación de esta disposición tuvo lugar semanas antes de que Reina presentara su renuncia al cargo el 27 de mayo de 2025, ocasión en la que hizo público su ingreso al proceso electoral como candidato a designado presidencial en la fórmula liderada por Rixi Moncada, representante del partido LIBRE.

Función diplomática y uso institucional del documento

El reglamento publicado en La Gaceta señala que el pasaporte diplomático se emite para facilitar la labor de representación del Estado en el extranjero y para solicitar a autoridades de otros países cooperación y protección durante misiones oficiales.

Aunque disponer de este documento no garantiza por sí mismo la concesión de inmunidad diplomática, su empleo suele vincularse de forma habitual a tareas vinculadas a la representación oficial del Estado o a encargos particulares aprobados por el gobierno.

De acuerdo con especialistas en relaciones internacionales que han sido mencionados repetidamente por RCV, en numerosos países la normativa administrativa dispone que los pasaportes diplomáticos deben ser entregados al concluir el cargo, con la finalidad de impedir su uso para asuntos personales o ajenos a las responsabilidades oficiales.

La inclusión de una cláusula de carácter vitalicio introduce, por tanto, una modalidad distinta en la regulación administrativa del documento dentro del aparato estatal hondureño.

Solicitud de devolución y tensiones administrativas

La discusión en torno a la normativa se intensificó tras un comunicado emitido por la actual titular de Cancillería, Mireya de Agüero, en el que se solicita a exfuncionarios del gobierno anterior devolver los pasaportes diplomáticos y oficiales otorgados durante esa administración.

La Secretaría de Relaciones Exteriores fijó como plazo final el 31 de marzo para la entrega de esos documentos ante la Unidad de Pasaportes, al remitirlo al mismo reglamento ratificado en 2025.

Sin embargo, la normativa contempla excepciones explícitas: los exfuncionarios que cuentan con el privilegio de pasaporte diplomático vitalicio no están obligados a realizar la devolución. Esta situación ha generado una tensión administrativa, ya que mientras se solicita la restitución general de los documentos, un grupo específico de ex autoridades conserva el beneficio de manera permanente.

La coincidencia en el tiempo entre la aprobación del reglamento y la posterior salida del canciller para sumarse a la contienda electoral también ha sido destacada en el debate público. El acuerdo se suscribió el 6 de mayo de 2025, apenas unas tres semanas antes de que el funcionario presentara su renuncia oficial para incorporarse a la campaña política asociada al partido LIBRE.

Diversos analistas han considerado este episodio como parte de un debate más amplio que aborda la relación entre cargos públicos y privilegios administrativos. El carácter vitalicio de este beneficio, que continúa vigente incluso cuando el funcionario deja sus funciones estatales, abre interrogantes acerca de los límites que deben regir este tipo de disposiciones en la administración pública.

En un escenario nacional marcado por debates sobre institucionalidad, transparencia administrativa y uso de recursos públicos, la normativa de 2025 ha abierto una discusión sobre el papel de los instrumentos diplomáticos y su relación con el ejercicio temporal de las funciones del Estado. El tema también ha reactivado la reflexión sobre si los beneficios asociados a cargos públicos deben mantenerse una vez concluido el mandato o limitarse estrictamente al periodo en que se desempeñan responsabilidades oficiales dentro de la estructura gubernamental.